Hace años que observo, al contratar seguros de RC para las prácticas ecuestres, que las compañías de seguros no poseen un protocolo de inspección para cotizar un seguro, ni conocen los aspectos que seria conveniente revisar para dar una cotización acorde a los riesgos que se aseguran.
En primer lugar quiero hacer referencia a las condiciones que debe tener un animal para poder realizar una actividad de cabalgata que presuma condiciones óptimas y un sentido lógico de pesos entre jinete y caballo, entre otras cosas.
He visto a lo largo de mi vasta experiencia, la forma en que se ofrecen este tipo de paseos y las diversas maneras de obtener los caballos para poder cumplir con la demanda de los clientes.
En la mayoría de los casos, los animales provienen de manadas ajenas y no poseen ningún protocolo de salud ni aptitud física para desarrollar la actividad, y tampoco no hay un organismo que regule la actividad, ni mucho menos que se controle el estado general del animal para desarrollarlo.
Las compañías de seguros, al no tener un conocimiento especifico de la actividad, ni mucho menos conocer de la situación optima de un caballo para su realización, cometen equivocaciones muy especificas con consecuencias muy negativas.
- Aseguran un altísimo riesgo, desconociendo la actividad.
- No se exigen condiciones mínimas de salud para el animal, seguridad y capacitación para los realizadores (guías)
- Se comete una gran injusticia con los establecimientos que si cuentan con protocolos de seguridad y normas básicas para la prestación del servicio, valorizando con un mismo criterio desarrollos tan distintos.
Los accidentes en este tipo de paseos, en el 80 % de los casos, son responsabilidad del organizador y sus guías porque no se dispone de un protocolo de seguridad, ni de condiciones mínimas establecidas para el otorgamiento del caballo a montar y otros aspectos que detallare mas adelante.
Las compañías de seguros se limitan a vender un seguro de responsabilidad civil al propietario de un hotel que ofrece este tipo de paseos y otros atractivos de turismo aventura, sin conocer aspectos fundamentales acerca de los caballos, y por desconocimiento del tema, unifican criterios de igualdad en actividades de muy distinto riesgo.
Cuando se produce un siniestro con caballos, desconocen como valorizar los motivos que lo produjeron, y donde esta la responsabilidad de cada parte actora en dicho accidente, y mucho menos como liquidar el siniestro, de acuerdo a la forma en que se produjo.
Es lógico pensar que si los autos que circulan a diario, deben presentar un examen de rutina cada año, y que un organismo de control verifica aspectos técnicos de orden y que proponen seguridad para el conductor y condiciones de circulación optimas para el medio ambiente, de la misma manera los organismos de control de las actividades turísticas y que regulan el sector, deben proponer estándares de capacidad física y estado de salud general para los caballos, otorgando un certificado de control al propietario que acredite tal condición, donde constaran los aspectos fundamentales para desarrollar la actividad y que darán , entre otras cosas, garantía de que el caballo que se monta, cuenta con las condiciones necesarias para hacerlo.
Para este control, los propietarios de caballos para actividades de paseos, deben completar la ficha técnica de aptitud de cada caballo, y la misma debe ser firmada por un Dr. Veterinario, debidamente acreditado y con su matrícula profesional vigente.
Los aspectos a controlar se dividen en 2 categorías:
A) de control semestral-
Anemia infecciosa
Vacunación. Adenitis-influenza-tétanos
Estado general- peso- alimentación
B) de control mensual
Herraje
Desparacitacion
Alimentación – peso
La capacitación en este área para las Compañías de Seguros, y para los Guías Ecuestres es de vital importancia, ya que entendiendo los standards de condiciones optimas para realizar la actividad, y exigiendo se cumpla el reglamento para esta practica, se disminuye el riesgo de accidentes en porcentajes muy considerables, hasta llevarlos a menos del 10 %.
Plan de capacitación:
Los Ministerios de Turismo, como ente regulador de la actividad, debe capacitar a los agentes afectados a esta área para conocer los aspectos a controlar, antes de otorgar una licencia para la explotación de esta actividad, ya que, de lo contrario, los accidentes en turistas generan muy mala prensa, no del prestador del mal servicio, sino del turismo en general del País.
Las agencias de viajes y turismo receptivo, como vendedores de actividades para turistas, deben capacitarse para conocer los establecimientos que cuentan con habilitaciones y autorizaciones para desarrollar esta actividad, generando confianza a los turistas que prefieren este tipo de paseos
En los establecimientos que cuentan con ofertas de paseos a caballo, ( cabalgatas ), los propietarios deben conocer aspectos de la responsabilidad civil y las formalidades del deslinde de responsabilidad y el alcance de su participación en el riesgo.
Los Guías, y aspirantes a Guías, deben tomar el curso de capacitación para el desarrollo de esta práctica, con un examen de aptitud, y a los aprobados se les debe otorgar una credencial que los habilite a estaactividad especifica, en todo el país, con renovación anual.
Los organismos reguladores de las actividades turísticas, deben entender que para realizar paseos a caballo, debe ser “condición sine qua non “tomar un curso de capacitación y dar un examen de aptitud, ya que no hay que saber solo de caballos para guiar cabalgatas, lo mas importante esta en el conocimiento de la psicología equina, el comportamiento humano, una guía de ordenamiento y seguridad y un reglamento que se debe cumplir.
De esta manera se llegará a poder promocionar al país como:
“ Costa Rica, país de paz y naturaleza “
“ Costa Rica país seguro para recorrer con caballos “